¿Es la maldad una enfermedad mental?
Ante sucesos cargados de maldad la sociedad suele reaccionar atribuyéndolo a enfermedades mentales “hay que estar loco para hacer algo así”. Sin embargo, ¿en qué medida es esto así?
Hoy recuperamos una entrevista realizada por La Voz de Galicia al Perito psiquiatra y Doctor Juan Fernández Hierro en relación con el caso Asumta Basterra.
El 22 de Septiembre de 2013 una niña de 12 años, Asunta Basterra, es hallada muerta en el municipio coruñés de Teo con signos de violencia. La noticia, sobrecogedora, se vuelve aún más terrible cuando los padres son detenidos e investigados por el crimen. Más adelante, en Octubre de 2015, cuando se celebra el juicio, los padres de Asunta son condenados culpables y penados con prisión.
“Sí, está extendido que quien es capaz de matar tiene que estar loco, pero la realidad es que la mayoría están cuerdos. Puede haber maldad sin haber enfermedad”.
El doctor Fernández Hierro lo explica así, y lo aclara: “Un homicida puede reaccionar de forma impulsiva y cometer un acto violento; o de manera fría y calculadora (por una venganza, para robar algo…). Todo esto lo hace comprensible a los ciudadanos. Cuando el homicida es un enfermo mental suele ser desorganizado, extravagante… porque en esos casos perciben la realidad de forma diferente”
Una persona con una enfermedad mental, por ejemplo paranoia, puede ver una situación de peligro hacia su vida en una situación cotidiana, y en la mayoría de estos casos, actúan con la finalidad de salvar su vida (según sus percepciones), como protección ante un daño que realmente no existe.
Un homicida puede actuar de manera impulsiva y reaccionar violentamente, o ser más frío y calculador, pero lo hace con un fin definido y que, para él, tiene un sentido (venganza, la obtención de un beneficio…). No padece una enfermedad mental.
Ambos casos son tratados ante la ley de forma distinta, y es por ello que es determinante la función de un perito psiquiátrico en procesos judiciales de este tipo. El Código Penal español admite la posibilidad de eximir de responsabilidad penal a los individuos que presenten ciertas alteraciones psicológicas en el momento de cometer el acto delictivo.
Puedes leer la entrevista completa con el Dr. Juan Fernández Hierro en La Voz de Galicia.